Proveedores y factura electrónica

Proveedores y factura electrónica

Instrucciones para la generación y presentación de documentos por medios electrónicos

A continuación se adjuntan los enlaces a los documentos con las instrucciones a seguir para la generación y presentación de documentos por medios electrónicos así como los modelos necesarios:

Factura Electrónica

La Presentación de facturas electrónicas es obligatorio para Sociedades Anónimas (SA), Sociedades de Responsabilidad Limitada (SL) y UTEs, así como Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española.

¿Qué es una factura electrónica?

La factura electrónica es un documento electrónico que cumple con los mismos requisitos legales exigidos a la factura tradicional en papel. Saber más: http://www.facturae.gob.es/factura-electronica

¿A qué obliga la ley 25/2013?

La ley trata de impulsar el uso de la factura electrónica mediante la obligación de su uso por parte de las Administraciones Públicas, con las excepciones previstas en dicha ley. Además, crea el registro contable de facturas, lo que permite agilizar los procedimientos de pago a los proveedores y conocer con certeza las facturas pendientes de pago existentes, así como su estado de tramitación.

El control informatizado y sistematizado de las facturas favorece un seguimiento riguroso de la morosidad a través de un indicador, el periodo medio de pago, que se puede obtener a través de los datos disponibles en el sistema de información contable, y que visualiza el volumen de deuda comercial de las Administraciones. También permite un mejor control del gasto público y del déficit.

¿Cómo genero mi factura electrónica?

Si tu programa de facturación está adaptado a la facturación electrónica, el mismo programa te la generará Si no es así, puedes hablar con tu proveedor de software para que te lo adapte o puedes utilizar algunas de las herramientas de las que te ofrece el gobierno, como facturae: facturae.gob.es o través de la aplicación disponible en el portal FACE.

La factura electrónica para que sea válida debe de tener el formato Facturae 3.2. Además el documento debe estar firmado electrónicamente a través de un certificado válido emitido por cualquiera de las entidades de certificación reconocidas.

¿Qué es el portal FACe?

El Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACe) es la plataforma online que permite presentar facturas electrónicas ante cualquier administración pública, a través de un único punto.

¿Cómo se presentan las facturas?

A través de su web tecleando en el navegador: www.face.gob.es.

En esta web se puede:

  • Enviar facturas a la Administración General del Estado u otras administraciones adheridas.
  • Consultar el estado de tus facturas.
  • Consultar el directorio de unidades para conocer el código de identificación de la unidad destinataria.
  • Descargar el programa para generar facturas que ofrece el Ministerio de Industria, Energía y Turismo (*).
  • Obtener ayuda

Datos de la entidad

Necesitarás los siguientes datos para emitir facturas electrónicas al ayuntamiento de Los Realejos

  • Oficina Contable: L01380316
  • Órgano gestor: L01380316
  • Unidad Tramitadora: L01380316

(*) El programa informático gratuito que ofrece el Ministerio de Industria, Energía y Turismo permite también la conexión automática directa con FACe, de modo que no es necesario usar la web.

Más info: www.facturae.gob.es/que-desea/Paginas/administraciones-publicas.aspx

Obligación de expedir y remitir facturas electrónicas

Recordar la obligatoriedad de que, tras la entrada en vigor de la ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas se amplía la obligación de expedir y remitir facturas electrónicas a todos los empresarios y profesionales en sus relaciones con este Ayuntamiento.

A los efectos de que se ponga en conocimiento de los distintos contratistas de este Ayuntamiento señalar que, tras la entrada en vigor de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas (Ley crea y crece), se amplía la obligación de expedir y remitir facturas electrónicas a todos los empresarios y profesionales en sus relaciones con este Ayuntamiento (Antes solo tenían esa obligación las sociedades mercantiles).

Antes de la entrada en vigor de esta norma los empresarios y profesionales, personas físicas, tenían la opción de presentar las facturas por la oficina de atención presencial (PIC), por la sede electrónica o cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA). Con esta nueva obligación formal las facturas tendrán que presentarse en formato electrónico a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas FACe.

Para conocer el procedimiento para la presentación de facturas en formato electrónico en FACe, puede consultar el siguiente documento:

Periodo Medio de Pago a Proveedores

El Periodo medio de pago a proveedores es un indicador que nos muestra el promedio de días que el Ayuntamiento de Los Realejos tarda en hacer frente a sus deudas, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Su cálculo se ajusta a la metodología establecida en el Real Decreto 635/2014 de 25 de julio.

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