Viviendas Protegidas

El Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias tiene como finalidad principal facilitar los datos precisos para la adjudicación, venta y alquiler de viviendas protegidas.

Las viviendas protegidas pueden ser de dos tipos:

1.- De promoción pública. Son las viviendas que construye y adjudica el Gobierno de Canarias a través del Instituto Canario de la Vivienda. Popularmente se conocen con el nombre de Viviendas Sociales.

2.- De promoción privada. Son las viviendas que construyen las empresas privadas y se compran o alquilan en el mercado a empresas constructoras o promotoras, inmobiliarias, bancos y demás propietarios. Popularmente se conocen con el nombre de Viviendas de Protección Oficial (VPO).

Desde el 8 de abril de 2026, las nuevas solicitudes de inscripción en el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias se rigen por el Decreto 23/2026, de 9 de marzo. La inscripción en este Registro es obligatoria para quienes deseen acceder a una vivienda protegida de promoción pública o privada, así como a alojamientos protegidos con espacios comunes complementarios.

La solicitud de inscripción en el Registro de Demandantes de Vivienda se formaliza mediante declaración responsable. Su presentación determina, desde ese mismo momento, la adquisición por la unidad familiar o de convivencia de la condición de demandante de vivienda protegida, así como su incorporación al citado Registro. Dicha inscripción permite participar en los distintos procedimientos de acceso a viviendas protegidas, tanto de promoción pública como privada. No obstante, todo lo manifestado en la declaración será posteriormente comprobado por el Instituto Canario de la Vivienda.

FORMAS DE PRESENTACIÓN DE NUEVAS SOLICITUDES (DESDE EL 8 DE ABRIL DE 2026).

La solicitud de inscripción puede presentarse preferentemente por vía electrónica, utilizando el modelo oficial habilitado por el Instituto Canario de la Vivienda.

También puede presentarse presencialmente en el Punto de Información y Atención al Ciudadano (PIAC) del Ayuntamiento de Los Realejos para ser tramitada por el Instituto Canario de la Vivienda.

ACCESO DIRECTO A LA TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA.

https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/2806

 

SOLICITUD PRESENCIAL.

Elegir e imprimir uno de los PDF ‘Declaración responsable para inscribirse en el Registro de Demandantes de Vivienda (o bien Promoción Pública o bien Promoción Privada’, cumplimentarlo a mano y presentarlo presencialmente en el PIAC del Ayuntamiento de Los Realejos.

O bien, cumplimentarlo en este enlace y descargar el PDF cumplimentado para su presentación presencial en el PIAC del Ayuntamiento de Los Realejos:

https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/2806?codWebform=3706

REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS SOLICITANTES PARA INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO DE DEMANDANTES DE VIVIENDA.

Entre otros, y de forma sucinta, la persona o la unidad familiar o de convivencia debe cumplir los siguientes requisitos:

  1. Ser mayor de edad o menor emancipado.
  2. Residir en un municipio de Canarias.
  3. Tener 4 años de residencia ininterrumpida en Canarias para la inscripción.
  4. La unidad familiar o de convivencia no puede superar, con carácter general 5 veces el IPREM anual en 14 pagas. En algunos casos especiales el límite puede subir a 6 veces el IPREM anual en 14 pagas: Cuando se trate de familias numerosas de categoría especial o incluyan personas con discapacidad, personas con parálisis cerebral, enfermedad mental, discapacidad intelectual o del desarrollo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% y personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%.
  5. No ser titular de otra vivienda, salvo las excepciones previstas en el Decreto 23/2026.
  6. No superar el límite de patrimonio fijado en el Decreto 23/2026.

El cumplimiento de todos los requisitos señalados será comprobado por el Instituto Canario de la Vivienda tras la presentación de la declaración responsable que manifiesta su cumplimiento.

Para una información más detallada de estos requisitos deberá acudir a la información oficial del Instituto Canario de la Vivienda.

PREGUNTAS FRECUENTES.

Preguntas Frecuentes

 

INFORMACIÓN OFICIAL DEL INSTITUTO CANARIO DE LA VIVIENDA.

https://www.gobiernodecanarias.org/vivienda/destacados/rdvpc/

 

SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN PRESENTADAS ANTES DEL 8 DE ABRIL DE 2026. 

Las solicitudes de inscripción presentadas con anterioridad al 8 de abril de 2026 continúan tramitándose conforme al procedimiento anterior, regulado en la Orden de 24 de septiembre de 2009 (BOC núm. 198 de 8 de octubre de 2009). Las inscripciones ya realizadas bajo esa normativa continúan vigentes por el periodo establecido en la misma, si bien sus efectos y renovaciones se reconducen a los arts. 10 y 16 del Decreto 23/2026.

AVISO IMPORTANTE.

La inscripción en el Registro no garantiza por sí sola la adjudicación de una vivienda. Permite adquirir la condición de demandante y participar en los procedimientos de acceso, quedando la persona solicitante sujeta a la comprobación posterior de los requisitos declarados.

Si usted ya presentó solicitud de inscripción con la normativa anterior, no debe presentar una nueva solicitud por el solo hecho de la entrada en vigor del Decreto 23/2026.

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