Solicitudes del ‘Cheque emprendedor’ y ‘Local cero’ hasta el próximo 29 de julio de 2024

Los Realejos destina 97.000 euros en ayudas de ‘Cheque emprendedor’ y ‘Local cero’ a nuevos proyectos de empresa

Las bases de las convocatorias ya se encuentran en la web municipal y los plazos de solicitudes se abren desde este martes 16 hasta el lunes 29 de julio

El alcalde de Los Realejos, Adolfo González, y la concejala de Comercio y Desarrollo Local, Natalia Díaz, informaron en la mañana de este lunes 15 de julio que “ya se han publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Santa Cruz de Tenerife de esta misma fecha las correspondientes convocatorias de subvenciones del ‘Cheque emprendedor’ y de ‘Local cero’ del presente ejercicio, dirigidas a nuevos proyectos de empresa creados en el municipio, a las que el gobierno local destina 80.000 y 17.000 euros, respectivamente, créditos que son susceptibles de ser ampliados en función de demanda y disponibilidades presupuestarias”.

Tal y como cita el propio BOP, la presentación de solicitudes se abre a partir del día siguiente a su publicación y por plazo de diez días hábiles, por lo que las personas interesadas disponen desde este martes 16 hasta el próximo lunes 29 de julio como plazo para tramitarlas, bien a través de la sede electrónica municipal sede.losrealejos.es, o en cualquier oficina de la red SIR o el propio registro electrónico de la red SARA rec.redsara.es. Las bases ya están publicadas en la web municipal www.losrealejos.es.

El edil realejero pone en valor “la experiencia exitosa de más de una década de impulso municipal de estas líneas de ayudas directas que favorecen o apoyan la creación de empresas, la reactivación y la diversificación económica en el ámbito de Los Realejos incentivando el autoempleo a través de medidas, en su día pioneras con sello realejero, que han sido tomadas como modelo por muchas otras corporaciones locales”.

Cheque emprendedor

“Con el objeto de incentivar, mantener y desarrollar la actividad económica y el emprendimiento en el municipio de Los Realejos, seguimos apostando por el ‘Cheque emprendedor’, una subvención de concurrencia competitiva que potencia el tejido comercial, profesional y de servicios a través de nuevos proyectos de empresa radicados en Los Realejos, contribuyendo a sufragar los gastos de los primeros meses de la actividad empresarial”, detalló Adolfo González.

Se trata de una subvención que se abona con posterioridad a que la persona beneficiaria haya pagado las actividades subvencionables, siendo susceptibles de acceder a estas ayudas las personas físicas, socios y/o comuneros, con alta de actividad económica en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) entre el 01 de octubre de 2022 y el 30 de abril del presente ejercicio 2024.

Se excluyen del acceso a esta línea de subvenciones quienes ya hayan sido beneficiarios en anteriores convocatorias del citado ‘Cheque emprendedor’, ni quienes haya causado baja en el RETA en los seis meses previos a la presentación de la solicitud de la ayuda. El domicilio fiscal y actividad deben estar acreditados en Los Realejos y han de tener la consideración de microempresa o micropyme, con menos de 10 empleados y que la facturación o activo no exceda de dos millones de euros.

Son gastos subvencionables por el ‘Cheque emprendedor’ para esta convocatoria los ocasionados entre el 01 de enero de 2023 y el 30 de abril de 2024 en concepto de cuotas a la Seguridad Social de autónomos; a la Seguridad Social por contratación de trabajadores; los relativos a la puesta en marcha de la actividad (tasa municipal por apertura de local comercial, notaría, registro mercantil, cartel o rótulo comercial, mantenimiento y mejoras del local comercial como alarmas, pinturas o cerrajería); gastos de estudios o prospecciones de mercado; otros gastos profesionales como asesoría fiscal, contable y laboral, de arquitectos o ingenieros; gastos vinculados al proyecto empresarial como seguros, promoción y publicidad, formación, licencias de uso de aplicativos informáticos, de adquisición de material fungible de oficina, de portales web y presencia en redes; y gastos de arrendamiento de local comercial.

Local cero

“La convocatoria de subvenciones ‘Local cero’ del Ayuntamiento de Los Realejos se dirige más expresamente a la recuperación de locales comerciales vacíos en zonas comerciales abiertas del municipio, financiando los gastos de arrendamiento del establecimiento a la persona o entidad beneficiaria que haya establecido allí su negocio, con un plazo máximo subvencionable de seis meses de las cuotas de alquiler, entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2024”, explicó el alcalde.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas o entidades sin personalidad jurídica con consideración de PYME, autónomos/as o empresarios/as individuales y comunidades de bienes o sociedades civiles que inicien su actividad en establecimientos fijos ubicados en Los Realejos. Se excluyen los casos en los que exista vinculación patrimonial, societaria o familiar, hasta el segundo grado, entre arrendador y arrendatario, ni entre los socios en caso de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica.

Las personas susceptibles de acceder a estas ayudas de ‘Local cero’ han de hallarse al corriente en las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y frente a la Seguridad Social y no tener deudas contraídas con el propio Ayuntamiento de Los Realejos. El local en que se inicie o desarrolle la actividad debe ser establecimiento fijo de titularidad privada con acceso directo e independiente desde la calle, respecto del resto de la edificación en que se ubique, estar ocupado en régimen de arrendamiento con contrato de una duración mínima de un año y encontrarse en alguna de las calles comprendidas en las zonas comerciales abiertas del municipio de Los Realejos.

El proyecto empresarial en cuestión debe tener licencia de apertura o declaración responsable de inicio de actividad en vigor entre el 01 de octubre de 2022 y el 30 de abril de 2024 y que ésta se encuadre en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Se excluyen de esta subvención las actividades comerciales ya instaladas en el municipio y que se trasladen a otro local, ni aquellas con traspaso o cambio de titularidad de una licencia de actividad.

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