‘Local 0’. Ayudas al alquiler de locales vacíos
Los Realejos abre la convocatoria anual de ‘Local 0’ con la que subvenciona el alquiler de locales comerciales vacíos
Las solicitudes se pueden presentar desde este mismo jueves 23 de marzo hasta el próximo miércoles 5 de abril
El alcalde de Los Realejos, Adolfo González, y la concejala de Comercio y Desarrollo Local, Natalia Díaz, han anunciado la apertura del plazo para poder solicitar las ayudas al alquiler de locales vacíos enclavadas en la iniciativa municipal ‘Local 0’, la cual pretende fomentar la actividad en las zonas comerciales abiertas de la localidad. Las solicitudes para acceder a esta campaña, a la que se ha destinado una partida inicial de 17.000 euros, podrán ser presentadas a partir desde este mismo jueves 23 de marzo y con fecha límite el próximo 5 de abril.
Las subvenciones deben ser solicitadas a través del modelo normalizado que se adjunta en el Anexo III, debidamente cumplimentado y junto con la documentación justificativa requerida, que aparece en la página web del Ayuntamiento de Los Realejos, pudiendo presentarlas en la sede electrónica del propio consistorio, en cualquier oficina de la red ORVE o en el registro electrónico de la red SARA.
“Con la presente convocatoria de esta línea municipal de ayudas se promueve la recuperación de locales vacíos en zonas comerciales abiertas del municipio, facilitando a proyectos empresariales que hayan iniciado actividad entre el 1 de octubre de 2021 y el 28 de febrero de 2023 y que cumplan los requisitos establecidos en las bases (ya publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife), una ayuda económica que contribuya a compensar o aminorar los costos en concepto de alquiler durante un máximo de seis meses dentro de esta anualidad”, detalla Adolfo González.
Recuerda el alcalde que “se trata de la novena convocatoria de esta línea de subvenciones a la que se han destinado en torno a los 100.000 euros desde las arcas municipales, beneficiando a más de 40 empresas e impulsando notablemente el desarrollo del tejido comercial realejero”.
Natalia Díaz explica que “esta campaña de periodicidad anual ya consolidada tiene el objetivo de promover la generación de nuevas iniciativas de negocio y de sinergias económicas en las cinco zonas comerciales de la localidad (La Cruz Santa, Toscal-Longuera, Realejo Alto, San Agustín e Icod el Alto), lo que contribuye a la ocupación de locales anteriormente vacíos y redunda directamente en la ampliación y diversificación de la oferta comercial y los servicios profesionales”.
Objeto y finalidad de la subvención
Según recoge este apartado, el objeto de la subvención es la recuperación de locales comerciales vacíos en las zonas comerciales abiertas, mediante la financiación de los gastos de arrendamiento de dichos locales. Podrán acceder a las ayudas quienes pongan en marcha actividades económicas que diversifiquen la oferta comercial existente en el lugar, ya sea en locales incluidos en el Banco de Locales Comerciales de Los Realejos o en algún otro establecimiento que cumpla los requisitos, siempre sujetos a la descripción de calles y tramos que consta en el Anexo I de las presentes bases.
Requisitos de los beneficiarios
En este sentido, las empresas que soliciten las ayudas deberán tener la consideración de PYME, autónomos/as o empresarios/as individuales y comunidades de bienes o sociedades civiles que inicien su actividad en establecimientos fijos ubicados en el municipio de Los Realejos. De este modo, no serán objeto de subvención los comercios ya instalados en el municipio que se trasladen a otro local, ni en los que se produzca un traspaso o cambio de titularidad de la licencia de actividad o declaración responsable de inicio de actividad.
Asimismo, otra condición sine qua non es que no exista ningún tupo de vinculación patrimonial, societaria o familiar, hasta el segundo grado, entre arrendador y arrendatario, ni entre todos los socios en caso de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica.
Tampoco podrán acceder a las ayudas los potenciales beneficiarios que no estén al corriente de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas, frente a la Seguridad Social o al propio Ayuntamiento, así como aquellas personas o entidades que incurran en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (LGS)
Criterios de concesión
En esta convocatoria de concurrencia competitiva se otorgan puntuaciones, en base a los criterios de concesión, que varían y se incrementan en función de las características de cada proyecto. En este sentido, se valorará positivamente que las iniciativas empresariales diversifiquen la oferta comercial ya existente en la zona, así como que la superficie útil del local no supere los 200 metros cuadrados, concediendo más puntos a los que menos superficie tengan.
Por otra parte, también se tendrán en cuenta factores como que el negocio haya creado al menos un puesto de trabajo distinto al de la persona titular de la actividad, que sea un proyecto calificado I+E o con apoyo del Ayuntamiento para su calificación, que contemple el uso de nuevas tecnologías o que disponga del certificado de eficiencia energética.
De igual manera, obtendrán una mayor puntuación aquellos locales que dispongan de aseos específicos para personas con discapacidad y no tengan barreras arquitectónicas en acceso o interior, que posean una terraza exterior privada y en los que el mobiliario instalado cumpla la ordenanza de ocupación de dominio público.