En verano tus derechos no están de vacaciones – ESTABLECIMIENTOS DE RESTAURACIÓN

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Establecimientos de Restauración

RESTAURANTES Y CAFETERIAS 

En vacaciones es habitual comer fuera de casa, ya sea en bares o cafeterías como en restaurantes, estos establecimientos están clasificados por categorías y dependiendo de la misma deben prestar unos servicios obligatorios. Como norma general en todas las Comunidades Autónomas están obligados a dar la máxima publicidad a los precios de los servicios que ofrecen, tener colocada en lugar visible la lista de precios sellada  por la Administración competente; compruebe siempre que lo cobrado se corresponde con los servicios solicitados.

En la elección de restaurante tenga en cuenta las siguientes recomendaciones:

  • Compruebe las correctas condiciones higiénicas del local, del personal, de los utensilios. Rechace la ingesta de alimentos que no estén debidamente  protegidos por vitrinas y preferentemente en refrigeración.

  • Los  restaurantes tienen la obligación de exhibir la relación de precios y servicios en el exterior y en el interior del local, en lugar que permitan su lectura sin dificultad.

  • La carta de platos y la de vinos (debe incluir también  aguas  minerales, cervezas, refrescos, licores e infusiones), deben ser conjuntamente ofrecidas al cliente.    

  • La carta debe aparecer redactada en castellano y también en francés e ingles en los restaurantes de “primera”, “segunda” y de “lujo”.

  • Los establecimientos  que dispongan de “Menú de la casa” deben hacerlo constar en el mismo impreso de la carta e indicar su contenido y el precio. En el menú de la casa está incluido siempre el pan, la bebida y el postre.

  • El cliente que solicite el menú de la casa está obligado al pago íntegro aunque no consuma alguno de sus componentes.

  • Los aperitivos, como las propinas son algo completamente voluntario, no se pueden exigir, si le sirven aperitivos no solicitados, no se lo pueden cobrar.

  • Los restaurantes están obligados a expedir siempre la correspondiente factura, con los precios desglosados y en letra clara. En la misma deben figurar todos los datos del  establecimiento.

  • Esta prohibido  incluir en la factura los conceptos  de “cubierto”, “carta” “reserva” o similares.

  • Antes de proceder al abono de la factura compruebe los conceptos incluidos, y solicite aclaración en caso de duda.

  • Si existe alguna anomalía en el servicio, solicite la hoja de reclamaciones,  y rellénela de forma clara y concisa. 

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