Becas a universitarios para bibliotecas municipales
Bases que han de regir la convocatoria de trece becas y lista de reserva para la realización de prácticas por estudiantes universitarios/as en materia de promoción educativa del ayuntamiento de la villa de los realejos, para 2015.
PRIMERA.- Convocatoria.
Por la presente de convocan trece becas y lista de reserva para universitarios/as dirigidas a la realización de prácticas en el Área de Educación del Ayuntamiento de Los Realejos, en régimen de concurrencia competitiva, en virtud de lo dispuesto, en cuanto sea aplicable, en la Ley 38/2003 de 17 de diciembre General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su reglamento, la Ordenanza General reguladora de la Concesión de subvenciones del Ayuntamiento de los Realejos aprobada definitivamente por el Ayuntamiento Pleno en sesión de fecha 27 de octubre de 2.005 (BOP S/C de Tenerife número 208 de fecha 23 de diciembre de 2.005), así como toda aquella normativa de desarrollo que dicte la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias conforme al siguiente detalle:
Denominación de las prácticas a realizar |
Número Becas |
Periodo de realización de las prácticas |
Horario y lugar de realización de las prácticas |
Importe de la Beca |
Promoción educativa en la Biblioteca Viera y Clavijo |
3 |
Desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2015 |
4 horas diarias, de lunes a viernes. Biblioteca Pública “Viera y Clavijo” |
300,00 Euros/mes (Cada beca) |
Promoción educativa en las bibliotecas periféricas y Sala de Arte y Estudio Rafael Yanes |
6 |
Desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2015 |
4 horas diarias, de lunes a viernes. Cruz santa, La Montaña, Toscal-Longuera e Icod el Alto |
300,00 Euros/mes (Cada beca) |
Promoción educativa en la Casa de la Cultura |
1 |
Desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2015 |
4 horas diarias, de lunes a viernes. Casa de la Cultura. |
300,00 Euros/mes (Cada beca) |
Promoción educativa en la Casa de la Juventud |
1 |
Desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2015 |
4 horas diarias, de lunes a viernes. Casa de la Juventud |
300,00 Euros/mes (Cada beca |
Promoción educativa en el CEO La Pared y en el CEIP Palo Blanco |
2 |
Desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2015 |
4 horas diarias, de lunes a viernes. CEO La Pared y CEIP Palo Blanco |
300,00 Euros/mes (Cada beca) |
* Todos/as los/as becarios/as deberán hacer turnos los sábados en la Biblioteca Pública Viera y Clavijo cuando les corresponda.
SEGUNDA.- Créditos presupuestarios.
La cantidad prevista inicialmente para esta convocatoria asciende a 53.196 euros hasta el 31 de diciembre de 2015, con cargo a la aplicación presupuestaria 2015/EDU/30321/48100 “Premios, Becas y Pensiones de estudio e investigación” del Presupuesto General Municipal de 2015.
TERCERA.- Objeto y condiciones.
La finalidad de estas becas es colaborar mediante la realización de prácticas con el Área de Educación en la realización de actividades de promoción educativa en distintas dependencias municipales.
Para el desarrollo de estas actividades, los becarios/as serán dirigidos por los técnicos del Área de Educación, en colaboración con las bibliotecarias municipales, quiénes establecerán las prioridades existentes en función de las necesidades del programa de actividades.
La concesión o disfrute de las becas no establece relación contractual o estatutaria entre el/la becario/a y el Ayuntamiento de Los Realejos, y, por consiguiente no supondrá en ningún caso que se trata de una relación laboral ni funcionarial con esta Entidad Local, ni puede implicar o suponer una posterior incorporación del interesado/a a la plantilla de la misma.
CUARTA.- Duración de las becas.
El desarrollo de las actividades propias de estas becas será hasta el 31 de diciembre de 2015
Durante el periodo de realización de la beca, los beneficiarios podrán disfrutar de un descanso de 10 días naturales consecutivos, sin computar los domingos. Este período de establecerá en función de las necesidades del centro gestor, que serán previamente valoradas por los técnicos del Área de Educación, en colaboración con las bibliotecarias municipales, en su caso.
QUINTA.- Concurrencia competitiva.-
El procedimiento de concesión de las becas será en régimen de concurrencia competitiva, conforme en lo que resulte aplicable, a lo dispuesto en los artículos 13 al 16 de la Ordenanza General reguladora de la concesión de subvenciones citada en la Base primera.
SEXTA.-Requisitos.
1.- Estar matriculado/a como estudiante de Grado o equivalente, en el curso académico 2014/2015 en la Universidad de La Laguna, en un mínimo 5 asignaturas. Queda exento el alumnado matriculado en escuelas privadas adscritas a la misma universidad.
2.- Tener residencia habitual e ininterrumpida en este término municipal durante los dos últimos años, tomando como fecha final del cómputo la del cierre de la convocatoria.
3.- Asimismo se establece como requisito de admisión, que el solicitante no haya sido beneficiario de estas becas en más de tres convocatorias anteriores.
SÉPTIMA.- Presentación de solicitudes y documentación .
Las solicitudes se formalizarán en el modelo que figura como ANEXO I a las presentes Bases, el cual estará a disposición de las personas interesadas en el Punto de Información y Atención al Ciudadano/a (PIAC) sito en el ayuntamiento, y en el Punto de Información y Atención al Ciudadano (PIAC) ubicado en San Agustín
Las instancias serán dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente de la Villa de Los Realejos, y podrán presentarse en las oficinas anteriormente citadas, o, en su caso, en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, podrán ser presentadas junto a la documentación complementaria a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Los Realejos (sede.lr.toools.es) en su apartado “Trámites y ayudas”.
Las solicitudes deberán aportar la siguiente documentación:
1)Fotocopia del DNI de el/la solicitante.
2) Fotocopia de la matrícula del curso 2014/2015 de la Universidad de La Laguna.
3) Fotocopia de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2013 de los miembros de la unidad familiar que estuvieran obligados a ello, o en su defecto, certificación negativa de no haber realizado dicha declaración expedida por la Delegación de Hacienda. En caso de que existiera situación de desempleo, adjuntar certificación de alta como desempleado/a expedida por el organismo competente, y si se estuviera recibiendo una pensión en cualquiera de sus modalidades (jubilación, viudedad, invalidez, etc.), certificación expedida por la Tesorería de la Seguridad Social que acredite dicha circunstancia (todo en relación a los padres).
4) Currículum vitae con indicación de los estudios y actividades educativas y culturales desarrolladas, adjuntando la correspondiente documentación acreditativa mediante fotocopia.
5) Cualquier otro documento que el solicitante considere de interés presentar en apoyo de su solicitud.
Asimismo, quien resulte beneficiario/a de la beca deberá aportar, en el plazo máximo de 5 días hábiles, modelo de Alta de terceros en la tesorería municipal a los efectos de tramitar el pago mediante transferencia bancaria en el caso de que no conste ya en este Ayuntamiento. Dicho modelo podrá ser descargado de la página web municipal, o aportado en soporte papel en la Tesorería del Ayuntamiento.
OCTAVA.-Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será de cinco días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOP de Santa Cruz de Tenerife.
NOVENA.- Órganos y Resolución.
El órgano competente para resolver será la Junta de Gobierno Local, quién dictará Resolución previo informe de una Comisión de Evaluación formada por los siguientes miembros:
(1) Presidente: La Concejala Delegada de Educación
(2) Vocal: El Concejal de Cultura
(3) Vocal: Un Concejal del Grupo de Gobierno Municipal
(4) Vocal: Un Concejal del PSOE
(5) Vocal: Un Concejal de CC
(6) Vocal: Un Concejal del Grupo Mixto
(7) Un funcionario del Área designado por la Presidenta.
Secretario: Técnico responsable del Área de Cultura
DÉCIMA.- Plazo y resolución y notificación.
La Resolución se hará en el plazo máximo de tres meses, contados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Esta podrá ser comunicada por correo electrónico o mediante mensajes cortos a móviles (sms).
La Resolución será notificada a el/la interesado/a, y pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente a la notificación de la resolución.
Previamente podrá interponerse potestativamente Recurso de Reposición ante el mismo órgano que dictó la Resolución, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la Resolución.
UNDÉCIMA.-Criterios objetivos y valoración.
Al objeto de formular la antedicha Resolución se tendrá en cuenta los siguientes criterios:
Criterios objetivos y valoración
a) Situación familiar en función de los recursos económicos, hasta 40 puntos. |
|
Concepto |
Puntos |
Renta/año de la unidad familiar < SMI (<8.736,00 Euros) |
40 |
Renta/año de la unidad familiar < 1.5 veces SMI (<13.104,00 Euros) |
30 |
Renta/año de la unidad familiar < 2 veces SMI (<17.472,00 Euros) |
20 |
Renta/año de la unidad familiar < 3 veces SMI (<26.208,00 Euros) |
15 |
Renta/año de la unidad familiar > 3 veces SMI (>26.208 Euros) |
5 |
b) Experiencia en la realización de prácticas en centros culturales y educativos, (Incluyendo bibliotecas), hasta 30 puntos |
|
Concepto |
Puntos |
Experiencia en prácticas más de 5 años |
30 |
Experiencia en prácticas entre 3 y 4 años |
25 |
Experiencia en prácticas entre 1 y 2 años |
20 |
Experiencia en prácticas entre 6 meses y 11 meses |
10 |
Experiencia en prácticas menor de 6 meses |
5 |
c) Participación en actividades socioculturales y educativas, hasta 10 puntos |
|
Concepto |
Puntos |
Participación en más de 20 actividades socioculturales |
10 |
Participación entre 15 y 19 |
8 |
Participación entre 10 y 14 |
6 |
Participación entre 5 y 9 |
4 |
Participación en menos de 5 actividades |
2 |
d) Cursos de formación en animación y dinamización sociocultural, incluyendo formación en biblioteconomía, hasta 10 puntos |
|
Concepto |
Puntos |
Participación en más de 10 cursos |
10 |
Participación entre 8 y 9 |
8 |
Participación entre 6 y 7 |
6 |
Participación entre 3 y 5 |
4 |
Participación en menos de 3 cursos |
2 |
DUODÉCIMA.-Pago de la Beca.
La cuantía individual mensual de cada beca será de 300,00 euros y su importe se abonará con periodicidad mensual (300,00 euros) mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente designada por el beneficiario/a en su modelo de Alta de Terceros. A tal efecto, se aplicará el porcentaje de retención a cuenta del IRPF que proceda conforme a la normativa vigente, así como la cuota correspondiente a la Seguridad Social. El abono de la beca se realizará en el mes siguiente al de la realización de las actividades de la misma.
DECIMOTERCERA.- Justificación de las becas.
Dentro de los últimos quince días del plazo de disfrute de la beca, el /la beneficiario/a de la misma vendrá obligado/a a presentar una memoria sobre las actividades realizadas.
DECIMOCUARTA.- Obligaciones y Derechos de los/as beneficiarios/as.
1.-Consignar fielmente los datos exigidos en la solicitud.
2.-Proceder a la aceptación de la beca por escrito, en el plazo de 15 días naturales contados a partir del siguiente a la recepción de la notificación de la concesión.
3.-Incorporarse a la dependencia asignada por el Área de Educación en la fecha prevista, observando las directrices emanadas desde la misma, ya que de lo contrario podría incurrir, en su caso, en la pérdida del derecho a la beca concedida.
4.-Los/as becarios/as tendrán derecho a realizar un único Curso universitario con créditos, durante el horario que tengan asignado en la beca, debiendo comunicarlo con la debida antelación al Área de Educación, presentando comprobante de la matrícula previa, así como posterior justificante de haberlo realizado.
5.-Los que obtengan la condición de beneficiarios podrán disfrutar de 10 días naturales consecutivos de descanso, sin computarse los domingos, durante el tiempo total de la beca, de acuerdo con las necesidades del centro gestor. Deben ser solicitados con una antelación mínima de dos meses para ser estudiados de acuerdo a las necesidades del servicio.
6.-Proceder al reintegro del importe percibido de la beca en caso de incumplimiento de lo previsto en la presente convocatoria.
DECIMOQUINTA.-Régimen Jurídico.-
Además de lo establecido en la presente Convocatoria:
-
Ley 38/2003 de 17 de diciembre General de Subvenciones.
-
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003.
-
Ordenanza General reguladora de la Concesión de subvenciones del Ayuntamiento de los Realejos (BOP S/C de Tenerife nº 208 de fecha 23 de diciembre de 2.005)
-
Normativa de desarrollo que dicte la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias
-
Otras normas concordantes
En la Villa de los Realejos a 19 de noviembre de 2014
LA CONCEJALA DE EDUCACIÓN,
María Sandra Pérez Martín
ANEXO I. SOLICITUD DE SUBVENCIÓN
CONVOCATORIA DE TRECE BECAS Y LISTA DE RESERVA PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS POR ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS/AS EN MATERIA DE PROMOCIÓN EDUCATIVA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO, AÑO 2015.
Registro Entrada
0
A SOLICITANTE |
Nombre: |
DNI/CIF |
|
|||||
Domicilio: |
|
|||||||
Localidad: |
|
CP: |
|
|||||
Teléfono: |
|
Móvil: |
|
|||||
e-mail: |
|
SR. ALCALDE – PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE LOS REALEJOS