cazaypesca

Impuesto sobre Gastos Suntuarios

El Impuesto sobre gastos suntuarios (IGS) es un impuesto que grava el aprovechamiento de los cotos privados de caza y pesca, cualquiera que sea la forma de explotación o disfrute.

Tendrán la condición de sujeto pasivo del IGS los titulares de los cotos o las personas a las que corresponda, por cualquier título, el aprovechamiento de la caza o pesca en el momento de devengarse el impuesto.

La normativa reguladora del IGS se contiene en la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto, sobre la base establecida en la Disposición Transitoria Sexta de LRHL.

https://losrealejos.es/documentos/hacienda/ordenanzas-fiscales/IGS.pdf

La base imponible del Impuesto estará constituida por el valor del aprovechamiento cinegético o piscícola.

El pago deberá realizarse cada año según la liquidación practicada por el Ayuntamiento, en base a la declaración que dentro del primer mes de cada año presentarán los propietarios.