Licencia de Obra Menor y comunicación previa

Descripción

Son las obras de escasa entidad y cuantía que no afectan a elementos estructurales de la edificación (cimentación, estructura y cubierta).

A título meramente indicativo, y sin perjuicio de otras, se relacionan las siguientes:

  • Las obras realizadas desde la vía pública
  • Las obras menores auxiliares de la construcción
  • Las obras menores de mejora o reparación de edificios en general
  • Las obras menores de conservación de edificios catalogados

Normativa

Requisitos

  • Las obras menores deberán realizarse en el plazo de seis meses desde la fecha de la comunicación; transcurrido este plazo se entienden caducadas, salvo que el interesado solicite prórroga o aplazamiento para la ejecución de las obras interrumpiendo el cómputo del plazo
  • Este procedimiento concluirá con la resolución quedando enterado de la declaración, trasladando al interesado un documento descriptivo de las mismas

Documentación

  • No procede

Modelos

Plazo de presentación

  • Todo el año, las 24h del día

Medios de presentación

Información

  • Servicio 010 de atención telefónica: 922 34 62 34  – 010 (lunes a viernes de 8.00 a 15.00h)

Tasas

Unidad tramitadora

  • Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Los Realejos