En breve, ‘Licencia exprés’ para obras menores

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El Ayuntamiento crea ‘Licencia exprés’ para reducir y simplificar la tramitación de obras menores.

El gobierno local elevará al próximo pleno una ordenanza que la articula y que entrará en vigor previsiblemente antes de finalizar el año

Con el objetivo de reducir los tiempos que marcan los trámites burocráticos y en aras de simplificar el papeleo a los vecinos de cara a aquellas actuaciones calificadas como obras menores en sus propiedades, el equipo de gobierno de Los Realejos impulsa la creación de la ‘Licencia exprés’, que posibilitará iniciar los trabajos entre 10 y 15 días desde la presentación de la solicitud en la Gerencia Municipal de Urbanismo, mientras que a día de hoy ronda una media de un mes.

Esta iniciativa se llevará a la sesión plenaria ordinaria de la próxima semana articulándose a través de una ordenanza municipal, que posteriormente dispondrá del plazo de alegaciones pertinente y que será previsiblemente aprobada antes de final de año. Cumplen así el Ayuntamiento de Los Realejos y su Gerencia Municipal de Urbanismo con la Directiva Europea de supresión de trámites burocráticos.

“Con esta medida implantaremos un procedimiento abreviado en la tramitación de solicitud de una obra menor mediante la declaración responsable del propietario”, explica el alcalde de Los Realejos, Manuel Domínguez. Advierte el edil que “este tipo de actuaciones han de ser comunicadas a la Gerencia de Urbanismo, donde se liquidan las tasas correspondientes, con lo que tras el análisis técnico del papeleo y si no hay nuevos requerimientos que añadir, se podrá iniciar la obra en un plazo no más allá de los 15 días”.

“La intención de este equipo de gobierno es seguir introduciendo la simplificación administrativa en la medida que las competencias municipales nos permiten, una cuestión que hemos dejado clara con la dotación de mayores y mejores herramientas a la sede electrónica o con este tipo de iniciativas que al fin y al cabo reducen tiempo, papel y desplazamientos”, añade el alcalde.

La declaración responsable es el documento suscrito por el interesado en el que manifiesta, bajo sus responsabilidad, cumplir con los requisitos establecidos en la normativa para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener el cumplimiento en el período inherente a dicho reconocimiento o ejercicio.

Entre los requisitos para este tipo de actividades destaca el del propio modelo de solicitud diseñado al efecto y que estará disponible en cuanto entre en vigor el procedimiento simplificado, la identificación del solicitante y su domicilio, los datos del inmueble donde se va a actuar con su correspondientes datos catastrales, así como la declaración de la obra a ejecutar, la autoliquidación de tributos. Las obras han de ejecutarse en el plazo de seis meses desde su comunicación, entendiéndose caducadas fuera de ese intervalo, salvo solicitud de prórroga o aplazamiento.

El teniente de alcalde y concejal de Patrimonio Histórico, Adolfo González, especifica que “no se concederá la ‘Licencia exprés’ en aquellos casos en que las obras se vayan a ejecutar en inmuebles ubicados en los cascos históricos o que estén catalogados o en trámite de catalogación de zonas delimitadas como Bien de Interés Cultural, puesto que estos casos concretos disponen de otros preceptos normativos que no podemos obviar”.

Los supuestos en los que se hace necesario solicitar la licencia de obra menor son la reposición de revestimientos y pavimentos, la colocación de parquet, reparación de baños, aseos o cocinas, reparación de redes de fontanería, saneamiento o electricidad en el interior de la vivienda, la sustitución de carpintería interior, la limpieza y desbroce de solares que no conlleven movimientos de tierras o la reparación de embalses que no afecten a la estructura, entre otros.

 

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